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Córdoba ingresa a la fase de Distanciamiento social

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Con el decreto del pasado lunes, el Gobierno nacional dispuso que la Provincia de Córdoba ingresará desde este miércoles en la etapa del Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio (DISPO) en el marco de la pandemia del coronavirus. 

Si bien se anticipó que estarán dadas las condiciones para flexibilizar nuevas actividades, desde el Panal anticiparon que por el momento, la Provincia no ingresará en la Fase 5. «Se analizarán nuevas disposiciones pero las restricciones generales van a continuar«, señalaron desde el COE. «Hay actividades que nos preocupan por la cantidad de movimiento que generan«, dijo el Ministro de Salud, Diego Cardozo.  

A la vez, se insistió con la necesidad de extremar los cuidados sanitarios, sobre todo en los sectores en los que todavía se identifica la circulación comunitaria del virus. 

Una de las esas medidas que endurecieron los mecanismos de prevención se viene implementando en los ingresos al territorio provincial, en donde se montaron Estaciones de Control Virológicos. Allí, el control sanitario consiste en Triage, medición de temperatura, testeos aleatorios (PCR y/o Serología para detección de Inmunoglobulinas), Declaración Jurada de Salud, y APP con georreferencia de localización.

A quienes ingresan, se les extiende certificación de realización de testeo, la cual debe ser conservada para su presentación ante nuevo ingreso a la provincia dentro de los 14 días de su emisión.

El Decreto explica que el DISPO continuará en tanto los conglomerados «verifiquen en forma positiva los siguientes parámetros epidemiológicos y sanitarios«:

  1. El sistema de salud debe contar con capacidad suficiente y adecuada para dar respuesta a la demanda sanitaria.
  2. El aglomerado urbano, departamento o partido no debe estar definido por la autoridad sanitaria nacional como aquellos que poseen “transmisión comunitaria” sostenida del virus SARS-CoV-2.
  3. El tiempo de duplicación de casos confirmados de COVID-19 no debe ser inferior a QUINCE (15) días. No será necesario cumplimentar este requisito si, por la escasa o nula cantidad de casos, no puede realizarse el mencionado cálculo.

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